AUDIENCIA 12 / EL CASO VERD-PALACIO: LA ANTESALA DEL TERRORISMO DE ESTADO

13-09-2019 | Concluyó la lectura del primer requerimiento que imputa a los integrantes del Destacamento de Inteligencia 144 (DI 144) y se realizaron las acusaciones específicas a cada hombre procesado. Finalmente, se leyó el caso del matrimonio Palacio-Verd, detenido y desaparecido en San Juan en 1971 y por el que está acusado Hugo Luis Zalazar. La próxima audiencia será el viernes 27 de septiembre a las 9:30.

Aún no finaliza la extensa lectura del requerimiento de elevación a juicio de la totalidad de los integrantes del DI 144. Hoy se concluyó con el “Operativo Antijesuita” después de sumar pruebas que acreditan las tareas de inteligencia previas a los procedimientos ilegales y se dio inicio a la imputación contra Zalazar por estos y otros casos.

El patrón de persecución a las víctimas del “Operativo Antijesuita”

La fiscalía resaltó en el documento de imputación un patrón que atravesaba la persecución de las personas víctimas de este operativo: su militancia política tenía origen en la militancia social y la radicalización de los grupos armados estaba íntimamente vinculada a las amplias redes sociales y políticas en las que se formaron. Los Campamentos Universitarios de Trabajo (CUT) sembraban la semilla del cuestionamiento al orden desigual establecido y el Movimiento de Sacerdotes por el Tercer Mundo (MSTM) representaba este ideal.

Para comprender los grados de participación política de las víctimas, la parte acusadora organizó las categorías de círculos, grupos y ámbitos. Los círculos militantes por los que transitaban los jóvenes que adherían a la Teología de la Liberación eran la base de formación de los grupos político-militares clandestinos. Estos círculos y grupos orbitaban alrededor de estructuras de superficie -ámbitos-, tales como organizaciones sindicales, barriales o estudiantiles. El aparato represivo estatal se propuso desarticular esta dinámica que se volcaba a la “opción por los pobres” y así fue como integrantes del catolicismo renovador, militantes de organizaciones clandestinas y trabajadores y trabajadoras sociales del barrio San Martín fueron secuestradas y desaparecidas.

Todos los delitos por los cuales son acusados los imputados fueron expresiones del plan criminal organizado y ejecutado por el aparato terrorista estatal. Para detectar esto, hay ciertas caracterizaciones a tener en cuenta: las víctimas tenían cierto perfil ideológico, el modus operandi fue el mismo que en otros operativos, las torturas fueron expresión del terror, etc.

La responsabilidad de los miembros del DI 144

Además de las labores de inteligencia en general, el Destacamento 144 tuvo participación protagónica en los procedimientos de mayo del 76, abril del 77, diciembre del 77, mayo del 78 y el “Operativo Antijesuita”. Cada uno de los imputados tuvo un rol fundamental en la represión.

El Ministerio Público Fiscal utilizó la metáfora de los planos horizontal y vertical para explicar el accionar de los acusados. En el plano vertical, sostuvo la autoría mediata mediante el aparato organizado de poder; y en el horizontal, la coautoría funcional por división de tareas. La primera se relaciona con el dominio del suceso a través del control del aparato, el “hombre de atrás” que organiza el funcionamiento de la maquinaria represiva. La segunda se da entre sujetos que coordinan acciones en niveles similares, lo que indica que puede existir coautoría entre autores mediatos. Además, sostuvo esta parte acusadora, la característica fundamental de este accionar es la automaticidad del aparato organizado de poder y la fungibilidad del ejecutor. Es decir, no importa quién cometa el delito materialmente sino que siempre hay alguien para cumplir las órdenes de ejecutar el ilícito. Este razonamiento resulta fundamental para entender la intervención del DI 144 en el plan criminal estatal.

Las calificaciones legales a través de las cuales se los responsabiliza penalmente son: privaciones abusivas de la libertad, homicidios, robos, tormentos, sustracción de un menor y asociación ilícita. Todas estas figuras fueron descriptas en audiencias anteriores, como la referida a la Fuerza Aérea.

Defensores e imputados

Anacleto Edmundo Calderón ingresó a la Escuela de Inteligencia de Campo de Mayo y se desempeñó, primero, en Paraná. Fue dado de alta en el DI 144 el 30 de diciembre de 1977 y arribó formalmente un mes después. Con el grado de sargento primero hasta fines del 79 y sargento ayudante durante el 80, se desempeñó como jefe del Grupo Examen Documentación en el 77, jefe del Grupo de Reunión en el 78, encargado de la Primera Sección de Ejecución en el 81 y de la Segunda en el 82. Realizó gran cantidad de trabajo en comisión en otras provincias del III Cuerpo del Ejército y en sus calificaciones resultó evaluado siempre positivamente.

José Antonio Escobar comenzó a prestar servicios en el DI 144 el 24 de enero del 77. Como sargento primero, fue auxiliar en la Primera Sección de Ejecución y en el 78 en Reunión del mismo grupo. Continuó luego como sargento  ayudante. En 1973 había cumplido sus funciones en la Escuela de Inteligencia y realizado el curso técnico correspondiente. Fue evaluado con la calificación de “sobresaliente”. Salió en comisión reiteradas veces y en su indagatoria argumentó haberse dedicado a tareas de redacción, estudios de terreno y ambiente sobre el límite con Chile. La inconsistencia de su argumentación se dio cuando, además de lo anterior, refirió estar encargado del marco interno del Destacamento.

Juan Carlos Luis se formó en la Escuela de Inteligencia de Buenos Aires. Comenzó su carrera en Bahía Blanca, luego lo enviaron al Comando de la VIII Brigada de Infantería de Montaña y en diciembre de 1976 fue destinado como sargento ayudante en Comunicaciones en el DI 144. Se desempeñó como encargado de la Primera sección de Ejecución y en 1982, como encargado del Tercer Grupo de Ejecución y encargado del Grupo de Reunión. En 1980 lo destinaron como auxiliar del Equipo Asesor de Doctrina Militar en el Ejército de Bolivia. En su declaración también dijo ser redactor y desempeñarse en actividades vinculadas al “conflicto con Chile”.

Hugo Luis Zalazar se desempeñaba desde 1965 en el Servicio de Seguridad del Ejército y en el DI 144 desde sus inicios en octubre de 1970. Se había formado en la Escuela de Inteligencia del Ejército. Para el año 1976, era suboficial principal y cumplía funciones como jefe del Pelotón de Logística. Del 1 de marzo del 77 al 1 de marzo del 78 fue encargado del Destacamento, como también a partir del 16 de octubre de ese año. Fue calificado con “sobresaliente” en sus evaluaciones y salió varias veces en comisiones. Declaró cumplir tareas logísticas y de mantenimiento en la dependencia.

Anacleto Edmundo Calderón, José Antonio Escobar y Juan Carlos Luis fueron imputados como autores mediatos de los siguientes delitos:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas en 32 casos de los operativos de mayo del 78, abril del 77 y diciembre del 77.
  • Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, por 34 hechos de los mismos operativos.
  • Robo agravado por el uso de armas de fuego, en 14 hechos.
  • Tormentos agravados por la condición de perseguida política de la víctima, en perjuicio de Nora Otín.
  • Sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años, por el caso de Martín Alcaraz.
  • Autores del delito de asociación ilícita, en calidad de jefes u organizadores de la misma.

Hugo Luis Zalazar es responsabilizado como autor mediato de:

  • Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas en 41 casos de los operativos de mayo del 78, abril del 77, diciembre del 77 y mayo del 76.
  • Privación abusiva de la libertad agravada por mediar violencias y amenazas y por haber durado más de un mes, en 12 hechos de mayo de 1976.
  • Homicidio doblemente agravado por alevosía y por mediar concurso premeditado de dos o más personas, por 43 hechos de los mismos operativos.
  • Robo agravado por el uso de armas de fuego, en 19 hechos.
  • Tormentos agravados por la condición de perseguida política de la víctima, por 15 hechos.
  • Sustracción, retención y ocultamiento de un menor de diez años, por el caso de Martín Alcaraz.
  • Autor del delito de asociación ilícita, en calidad de jefe u organizador de la misma.

La responsabilidad de Hugo Luis Zalazar

La última parte de la audiencia contempló la lectura de un segundo requerimiento de elevación a juicio por el Destacamento 144. En él se abordan otros delitos atribuidos a Hugo Luis Zalazar (en el expediente anterior ya se lo responsabilizó por los operativos de mayo de 1976, abril de 1977, diciembre de 1977 y mayo de 1978) dado que estuvo prófugo al momento de la imputación. Luego de su captura en 2017, se pudo completar la acusación por las ocho víctimas del “Operativo Antijesuita” y dos casos anteriores: los secuestros de Sara Palacio y Marcelo Verd en la provincia de San Juan, a comienzos de la década del 70. Para agilizar, se procedió directamente a la lectura de estos últimos, únicos no abordados previamente.

El secuestro del matrimonio Verd-Palacio: la antesala del terrorismo de Estado

Marcelo Verd -oriundo de San Juan- y Sara Palacio –de Mendoza-se conocieron en su época de estudiantes, en Córdoba, entre las filas de la Federación Universitaria Argentina (FUA). Se casaron en 1961 y tuvieron dos hijas. En 1969 la pareja obtuvo una beca y viajó a Francia.

A su regreso, Sara y Marcelo se sumaron al Movimiento de Izquierda Revolucionaria Argentino (MIRA) y luego al Ejército Guerrillero de Pueblo (EGP), vinculado con la estrategia guevarista de expansión de la Revolución Cubana. Precisamente, en ese país recibirían entrenamiento militar. De vuelta en Argentina integraron el Ejército de Liberación Nacional (ELN), disuelto tras la muerte de Guevara en Bolivia. Gran parte de sus militantes conformó luego las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FAR), incluido el matrimonio Verd-Palacio. El asesinato del Che en 1967 incidió en la definición de la organización como guerrilla urbana y las acciones armadas contra el gobierno de facto fueron en aumento. No obstante, hacia fines de 1970 la pareja se había distanciado de las FAR y vivía en con sus dos hijas en Arenales, San Juan.

Poco después de que las FAR se adjudicaran el asalto a un camión militar con armamento cerca de Pilar -Buenos Aires- en abril de 1971, sus militantes comenzaron a sufrir secuestros. A las detenciones de Verd y Palacio le siguieron Juan Pablo Maestre, Mirta Misetich y Roberto Quieto. Estos hechos ya presentaban los rasgos característicos de la represión sistemática posterior y constituyen delitos de lesa humanidad: inteligencia previa, intervención de varias fuerzas y grupos de tareas, secuestros, tortura y, en algunos casos, la desaparición forzada.

Luego del rotundo triunfo del peronismo en 1973, a fines de ese año las FAR se fusionaron con Montoneros y algunos de sus dirigentes -como Osatinsky y Quieto- ocuparon lugares en la conducción. 

Los hechos

El matrimonio Verd-Palacio fue secuestrado en su domicilio, el 2 de julio de 1971 por la mañana. Mientras se llevaba a Marcelo y revolvía la casa, una patota encerró a Mariana y Patricia -de cinco y seis años- en el baño junto a su madre. Luego las introdujeron en otro vehículo y obligaron a Sara -dos hombres le apuntaban por la espalda- a dejar las niñas en la casa de María Eugenia Verd, su cuñada. Las recibió su esposo, José Ramón Mini, quien notó que la mujer estaba nerviosa. Los tres autos que se utilizaron en el procedimiento tenían patentes de Mendoza.

La familia mendocina de Sara se enteró por la radio del episodio y se trasladó a San Juan para reunirse con la familia Verd. Al día siguiente concurrieron al domicilio y comprobaron que estaba revuelto y con pintadas e hicieron la denuncia ante la Policía. Mariana y Patricia quedaron al cuidado de sus parientes maternos en Mendoza.

Vecinos y transeúntes refirieron el comportamiento extraño de unos automóviles ocupados por hombres jóvenes que esa mañana repitieron más de una vez el mismo recorrido. La hija mayor, Mariana Verd Palacios, declaró poco después sobre el operativo y mencionó que los intrusos tenían armas y habían golpeado a su padre. También confirmó la presencia de tres autos. Meses más tarde, llamada por la instrucción, reconoció en fotografías a uno de los captores: al momento de las detenciones, prestaba funciones en el Destacamento 144 como Personal Civil de Inteligencia.

A raíz de la investigación policial, la pareja desaparecida fue procesada por las normas antisubversivas de la época por tenencia de explosivos y falsificación, entre otros delitos. Sin embargo, fue sobreseída por las leyes de amnistía de Cámpora en el 73.

El padre de Marcelo, Aburnio Verd, comenzó a recibir llamados extorsivos donde pedían dinero a cambio de la vida de su hijo. La Policía reconoció con sorprendente celeridad al responsable a partir de unas escuchas, pero no aportó información sobre la pareja. La investigación se estancó poco después pese a la repercusión mediática del caso y a los esfuerzos de búsqueda de las familias. Por ejemplo, María Angélica Palacio -una de las hermanas de Sara- se entrevistó con Carlos Néstor Bulacios, Jefe del Destacamento Militar 8 –luego 144- en su cede de calle Emilio Civit por recomendación del Presidente de la Cámara Federal de Apelaciones, Rodolfo Baigorri. 

La próxima audiencia será el viernes 27 de septiembre a las 9:30.

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